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martes, 20 de agosto de 2019

Minedu publicó lista de docentes aptos para la segunda etapa de Nombramiento Docente 2019


Minedu publico lista de docentes aptos para la segunda etapa de Nombramiento Docente 2019


sábado, 18 de mayo de 2019

MINEDU publicó Anexos de la Directiva para el Ascenso de Escala Magisterial 2019



El concurso para el Ascenso de escala magisterial 2019 es una oportunidad para que todos los docentes de Educación Básica pertenecientes a la Carrera Pública Magisterial (CPM) puedan acceder a posibilidades de crecimiento profesional y puedan mejorar su retribución económica sobre la base de su propio mérito, tal como lo establece la Ley de Reforma Magisterial (LRM).  

El Concurso de Ascenso para los profesores de Educación Básica está regulado por la siguiente norma técnica:



lunes, 18 de febrero de 2019

Currículo Nacional de Educación Básica llegará a secundaria este 2019


El Ministerio de Educación (Minedu) aprobó las resoluciones viceministeriales RVM N° 024-2019-MINEDU y RVM N° 025-2019-MINEDU. La primera extiende a educación secundaria la implementación del Currículo Nacional de Educación Básica (CNEB), vigente desde 2016 e implementado durante 2017 y 2018 en educación primaria e inicial, y establece los lineamientos para la diversificación del CNEB en su aplicación en distintas regiones del país.
La segunda dispone la implementación gradual en la educación secundaria (comenzando con primer año en 2019) de la escala de evaluación por logros de cuatro niveles que se usa en educación inicial y primaria y que progresivamente reemplazará a la escala tradicional de 0 a 20 que aún se utiliza en secundaria.
“Ambas normas técnicas son un hito en el esfuerzo de modernizar la educación peruana”, señala Susana Helfer, viceministra de Gestión Pedagógica del Minedu. “La primera sienta las bases de la implementación plena del CNEB. La segunda, extiende el uso de la evaluación por logros, una herramienta fundamental para el desarrollo de competencias que el CNEB enfatiza”, precisó.

Hoja de ruta
“El CNEB es la hoja de ruta de la educación peruana. El que tenemos en la actualidad, vigente desde 2016, es una buena herramienta”, afirma la viceministra Helfer.
Entre las virtudes que la funcionaria señala en el instrumento figura una visión integrada y consistente del proyecto educativo peruano, que contiene respuestas para las necesidades de la educación urbana, rural, bilingue, especial y de adultos.
“Pese a esta visión integrada, el CNEB no es un instrumento rígido”, precisa la viceministra, y agrega que fue diseñado considerando la necesidad de que responda a las especificidades de las distintas regiones del Perú, que es un país signado por la diversidad geográfica, climática y cultural y por tanto con necesidades diferenciadas. “El CNEB cuenta ahora con los procesos para esa adaptación sin perder de vista los enfoques transversales” completa la funcionaria.
Competencias
El CNEB plantea el aprendizaje desde el desarrollo de competencias. “Antes solo nos preocupaba acumular el conocimiento; ahora desarrollamos las habilidades para poner ese conocimiento en práctica y reforzamos los valores necesarios para formar mejores cuidadanos”, precisa la viceministra Helfer.
Las 31 competencias contenidas en el CNEB responden a cinco ejes de aprendizaje priorizados por el Estado peruano para el bicentenario: Ciudadanía, Comunicación, Vida Saludable, Resolución de Problemas y Cultura Digital.
Evaluación
La extensión gradual a secundaria (comienza en 2019, con primer año) de la escala de evaluación de logros en cuatro niveles que hoy se utiliza en educación primaria y secundaria es fundamental para consolidar el enfoque de competencias, añade Susana Helfer.
“Se requiere de una descripción detallada de los logros correspondientes a cada nivel para que alumnos, docentes y padres pueden identificar las oportunidades de mejora de cada caso. La escala que se usa actualmente en secundaria tiene 20 niveles y no entrega el detalle requerido”, concluyó.

martes, 22 de enero de 2019

CURRÍCULO NACIONAL: Curso Virtual - Primera Convocatoria 2019 - MINEDU



Primera convocatoria 2019 al curso virtual del Currículo Nacional para docentes y directivos de la Educación Básica: La inscripción a esta edición se realizará de manera personal hasta el 29 de enero.

La primera edición 2019 del curso virtual sobre el Currículo Nacional está dirigido a docentes, directivos y coordinadores de II.EE. públicas y privadas de los niveles de inicial, primaria, secundaria, educación básica especial y educación básica alternativa que no llevaron o no culminaron satisfactoriamente el curso en ediciones anteriores (2017 y 2018).


¿Cuándo iniciará el curso?

El curso inicia el 01 de febrero. En esta edición, la inscripción será de manera personal.

Las inscripciones estarán abiertas desde el 17 al 29 de enero.

Importante: antes de inscribirse al curso, se sugiere verificar que sus datos en PerúEduca (correo electrónico, teléfono, I.E., entre otros) estén actualizados.

¿Cómo se realizará el curso?


El curso virtual sobre el CNEB tiene una duración de 8 semanas y requiere de un tiempo de estudio aproximado de 60 horas. Los participantes que cumplan con realizar, según los criterios establecidos, todas las actividades propuestas en los diferentes módulos, como revisión de material (videos, lecturas), elaboración de tareas, respuestas a los foros y cuestionarios, recibirán una constancia de participación.

sábado, 12 de enero de 2019

Plan de Tutoria pare el nivel Inicial


Prevenir la violencia sexual en las instituciones educativas es una tarea cada vez más urgente, dado el sostenido incremento de los casos de abuso sexual y de explotación sexual de niñas, niños y adolescentes en el ámbito nacional, realidad que afecta duramente a los más vulnerables e inocentes de la sociedad, interpelando nuestra capacidad para proteger su vida y su salud. 

Al respecto, los docentes tienen una propuesta concreta de trabajo en el presente material compuesto por Sesiones de Tutoría para el nivel inicial. Su objetivo es contribuir a que la prevención de la violencia sexual infantil no se quede en el plano conceptual e informativo, sino que conduzca a cambios de comportamiento en niños y la comunidad en general, para adoptar medidas preventivas y actuar eficazmente. 

Es evidente que una acción decidida en este campo no sólo atañe a la comunidad educativa, pues involucra también a otros actores individuales y colectivos. Sin embargo, el rol de la escuela es central en este tema, ya que puede y debe liderar los esfuerzos sociales necesarios para alejar y proteger a los estudiantes del daño que causan los agresores y explotadores sexuales.

El presente manual está organizado en dos secciones; la primera de las cuales aborda el marco teórico y normativo con que se enfoca la violencia sexual. El objetivo de esta sección es entregar conceptos básicos y claros sobre los tipos de violencia sexual infantil y sus diferentes sujetos y escenarios, así como las normas legales y consideraciones relevantes a tener en cuenta para aplicar una estrategia de prevención con la participación de la comunidad.



domingo, 30 de diciembre de 2018

Más de 3000 maestros recibirán bono de S/ 6 mil soles



Los 3586 maestros que obtuvieron los mejores puntajes en el concurso nacional de nombramiento recibirán los primeros 6 mil soles del bono de atracción por ingreso a la Carrera Pública Magisterial.
Quienes ocuparon el tercio superior –de los más de 10,759 docentes que alcanzaron su nombramiento– recibirán  6 mil soles, los cuales serán abonados en partes iguales durante los tres primeros años de servicio en colegios públicos.
Así, en el 2018, los más de 3 mil beneficiados deberán recibir el primer pago (6 mil soles), junto a su remuneración mensual. Las otras entregas se darán en diciembre del 2019 y 2020.

Para ocupar el tercio superior, los docentes debieron lograr los mejores resultados finales, los cuales incluyen los resultados de la Prueba Única Nacional (comprensión de lectura, razonamiento lógico y pedagogía) y las evaluaciones en los colegios, donde se midió la formación, méritos, experiencia y capacidad didáctica.
La lista de los profesores beneficiados con este incentivo económico estará publicada en la página web evaluaciondocente.perueduca.pe/nombramiento-contratacion/.
Este incentivo económico se entregará en todos los procesos de nombramiento.

martes, 1 de mayo de 2018

Aprueban proyecto que reconoce beneficios a maestros contratados


La Comisión de Educación, Juventud y Deporte del Congreso de la República aprobó por unanimidad el pre dictamen que establece que los profesores contratados contarán con las mismas remuneraciones mensuales que un docente nombrado en la primera escala magisterial.


Asimismo, los maestros contratados recibirán subsidio por luto y sepelio, bonificación por escolaridad, compensación por tiempo de servicios (CTS) y, además, tendrán derecho a la licencia con goce de remuneraciones por el fallecimiento de su cónyuge, padres o hijos.

“Nuestros maestros son parte fundamental de nuestra sociedad y trabajar por una educación de calidad es también trabajar por ellos y por nuestros niños. Los docentes contratados realizan las mismas labores que un nombrado, por lo que no hay razón que reciban un sueldo menor o carezcan de algún beneficio”, aseguró la parlamentaria Paloma Noceda Chiang, presidenta de dicho grupo de trabajo.

La iniciativa legislativa multipartidaria, que fue presentada por los parlamentarios Karina Beteta (Fuerza Popular), Javier Velásquez Quesquén (Célula Parlamentaria Aprista), Edilberto Curro (Frente Amplio) y Tamar Arimborgo (Fuerza Popular), deberá ser debatida en el Pleno del Congreso y, de ser aprobada, enviada al Poder Ejecutivo.
La Comisión de Educación, Juventud y Deporte también aprobó por unanimidad el proyecto de ley 2290/2017, que propone la promoción de acciones para prevenir la comisión del delito de apología del terrorismo en el ámbito educativo. 

lunes, 30 de abril de 2018

Convocan a curso sobre «Currículo Nacional», para los niveles Inicial, Primaria y Secundaria



Convocatoria para el curso sobre el Currículo Nacional para los niveles inicial, primaria y secundaria: Segunda convocatoria para los directores y docentes que no llevaron el curso virtual en ninguna de las ediciones pasadas.


En esta edición podrán participar los directivos, docentes y las docentes coordinadoras de las II.EE públicas y privadas de los niveles de inicial, primaria y secundaria que no lograron llevar o culminar el curso, en las ediciones anteriores.

El trabajo en equipo es una parte fundamental del curso, por lo que es el director de la IE quien realizará el registro de los docentes en la plataforma virtual.

En el caso de las docentes coordinadoras de los ciclos I y II la inscripción la realizará la especialista de cada UGEL.

Es importante indicar que este curso es pre requisito para la inscripción de los siguientes cursos que se implementarán durante el presente año.

¿Cuándo iniciará el curso?

El curso inicia el 16 de mayo. Recuerde que el director es quien realiza la inscripción de los docentes de su II.EE. Las inscripciones estarán abiertas desde el 26 de abril hasta el 10 de mayo.

IMPORTANTE:
Antes de inscribirse en el curso, se sugiere que verifique si sus datos (correo electrónico, teléfono, entre otros) estén actualizados.

Información sobre el curso

El curso virtual sobre CNEB tiene una duración de 8 semanas y requiere de un tiempo de estudio aproximado de 60 horas. Los participantes que cumplan con realizar, según los criterios establecidos, todas las actividades propuestas en los diferentes módulos como: revisión de material (videos, lecturas) elaboración de tareas, respuestas a los foros y cuestionarios, recibirán una constancia de participación.

El curso ha sido dividido en seis módulos. Además, consta de un módulo de inducción que le proporcionará toda la información necesaria para usar adecuadamente las herramientas y recursos del aula virtual, de tal manera que el desarrollo del curso se constituya en un proceso auto formativo.


Entre los temas que se abordarán en los diferentes módulos figuran: Retos para la Educación Básica y Perfil de egreso; Enfoques transversales para el desarrollo del Perfil de egreso; Definiciones que sustentan el Perfil de egreso; La Educación Básica y los planes de estudio; Orientaciones pedagógicas para el desarrollo de competencias y la evaluación formativa, y Orientaciones para la diversificación curricular.

Si tiene alguna duda sobre estos temas, puede revisar las preguntas frecuentes aquí:
www.minedu.gob.pe/curriculo/preguntas-frecuentes.php

PÁGINA WEB PERUEDUCA.PE
www.perueduca.pe

miércoles, 25 de abril de 2018

Lista de Docentes para Evaluación Ordinaria del Desempeño Docente de Nivel Inicial



El Ministerio de Educación - MINEDU, publicó la relación de profesores sujetos a la Evaluación del Desempeño Docente (EDD) en las escalas magisteriales 1 y 2, con aula a cargo en el nivel inicial*, ciclo I (cuna) o ciclo II (jardín), sujetos a evaluación en el segundo tramo de la EDD nivel inicial.

Puede revisar la siguiente relación consolidada de docentes sujetos a la Evaluación del Desempeño Docente Nivel Inicial - Tramo II, 2018:


De igual forma, usted puede consultar la relación de docentes que serán evaluados por región:



* Los docentes que corresponden ser evaluados son los docentes del nivel inicial con aula a cargo que en el año 2017 estuvieron en las escalas 1 y 2 de la Carrera Pública Magisterial.

domingo, 22 de abril de 2018

Cronograma Evaluación del Desempeño Docente tramo II



Los profesores de educación inicial de la Educación Básica Regular sujetos a evaluación en el Segundo Tramo, son los profesores que en el año 2017 se encontraban en las escalas magisteriales 1 y 2; así como, aquellos sujetos a evaluación en el tramo I de la Evaluación del Desempeño Docente convocada por Resolución Ministerial N° 317-2017-MINEDU, que debido a causas fortuitas, de fuerza mayor o ajenas a su voluntad no fueron evaluados en dicho tramo.
(*) Se actualiza mensualmente, de corresponder.
(**) En el caso de que el Comité de Evaluación no cuente con integrantes certificados para la aplicación del instrumento Rúbricas de Observación de Aula, la UGEL asegura su aplicación a cargo de un observador certificado externo.
(***) Si un docente no supera el instrumento Rúbricas de Observación de Aula, recibe una visita de recuperación a cargo de dos observadores certificados externos dispuestos por el Minedu.
(****) De acuerdo a lo informado por los Comités de Evaluación en el aplicativo establecido por el MINEDU.

Convocan el Segundo Tramo de la Evaluación Ordinaria del Desempeño para Profesores de Instituciones Educativas del Nivel Inicial de la Educación Básica Regular de la Carrera Pública Magisterial, y aprueban cronograma


Convocan el Segundo Tramo de la Evaluación Ordinaria del Desempeño para Profesores de Instituciones Educativas del Nivel Inicial de la Educación Básica Regular de la Carrera Pública Magisterial, y aprueban cronograma
Lima, 20 de abril de 2018
VISTOS, el Expediente N° 0077427-2018, el Informe N° 283-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe N° 335-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; 
Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial; 
Que, el artículo 15 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, señala que el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la Carrera Pública Magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad;
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley de Reforma Magisterial, modificado por el artículo 2 de la Ley N° 30541, la evaluación del desempeño docente es condición para la permanencia y se realiza como máximo cada cinco (05) años, siendo una evaluación obligatoria, con excepción de aquellos profesores que, durante todo el período de evaluación, se encuentren gozando de las licencias con o sin goce de remuneraciones previstas en la referida Ley o que se encuentren ocupando un cargo en otras áreas de desempeño laboral; señalando además, que los profesores que no aprueben en la primera oportunidad reciben una capacitación destinada al fortalecimiento de sus capacidades pedagógicas, luego de la cual participan en una evaluación extraordinaria;
Que, de conformidad con lo señalado en los numerales 33.1 y 33.2 del artículo 33 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED, modificados por el artículo 1 de los Decretos Supremos N° 001-2016-MINEDU y N° 005-2017-MINEDU, el Ministerio de Educación establece las políticas nacionales y las normas de evaluación docente, en base a las cuales se determinan los modelos de evaluación docente, criterios, indicadores e instrumentos de evaluación y los mecanismos de supervisión y control de los procesos para garantizar su transparencia, objetividad y confiabilidad; pudiendo asesorar o asumir, directamente o a través de terceros, el diseño y aplicación de instrumentos propios de la evaluación descentralizada en cualquier momento de dicho proceso; así como brindar asesoría, acompañamiento o supervisión a los Comités de Evaluación, cuando lo considere necesario;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 165-2018-MINEDU se aprobó la Norma Técnica denominada “Norma que regula el Segundo Tramo de la Evaluación Ordinaria del Desempeño para Profesores de Instituciones Educativas del Nivel Inicial de la Educación Básica Regular de la Carrera Pública Magisterial”, la cual establece los criterios técnicos y procedimientos para la organización, implementación y ejecución de la referida evaluación;
Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.1. de la Norma Técnica antes mencionada, la convocatoria a la precitada evaluación se aprueba por resolución ministerial, conjuntamente con su cronograma, y se publica en el portal institucional del Ministerio de Educación, de las Direcciones Regionales de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa Local;
Que, el numeral 6.2.1 de la misma Norma Técnica establece que están sujetos a evaluación los profesores de instituciones educativas del nivel inicial de la Educación Básica Regular que en el año 2017 se encontraban en las escalas magisteriales I y II de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial; así como, aquellos sujetos a evaluación en el primer tramo de la Evaluación del Desempeño Docente convocada por Resolución Ministerial N° 317-2017-MINEDU y modificatorias, que debido a causas fortuitas, de fuerza mayor o ajenas a su voluntad no fueron evaluados en dicho tramo;
Que, a través del Oficio N° 783-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 283-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, con el cual sustenta y solicita se convoque el Segundo Tramo de la Evaluación Ordinaria del Desempeño para Profesores de Instituciones Educativas del Nivel Inicial de la Educación Básica Regular de la Carrera Pública Magisterial, y se apruebe el cronograma de la referida evaluación;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, de la Secretaría General, de la Dirección General de Desarrollo Docente, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; el Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2013-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y la Resolución Ministerial N° 165-2018-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada la Norma Técnica denominada “Norma que regula el Segundo Tramo de la Evaluación Ordinaria del Desempeño para Profesores de Instituciones Educativas del Nivel Inicial de la Educación Básica Regular de la Carrera Pública Magisterial”;

Artículo 1.- Convocar el Segundo Tramo de la Evaluación Ordinaria del Desempeño para Profesores de Instituciones Educativas del Nivel Inicial de la Educación Básica Regular de la Carrera Pública Magisterial, el mismo que se llevará a cabo conforme a lo establecido en la Norma Técnica aprobada mediante Resolución Ministerial N° 165-2018-MINEDU.
Artículo 2.- Aprobar el cronograma del Segundo Tramo de la Evaluación Ordinaria del Desempeño para Profesores de Instituciones Educativas del Nivel Inicial de la Educación Básica Regular de la Carrera Pública Magisterial, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL ALFARO PAREDES